Para las Elecciones Seccionales y CPCCS 2023 los medios de comunicación deberÔn cumplir con la normativa que establece la Constitución y el Código de Democracia para evitar cualquier tipo de sanción.
Desde el pasado 21 de agosto de 2022 que se convocó a las elecciones hasta el 5 de febrero de 2023 fecha del sufragio, el Consejo Nacional Electoral controlarĆ” la propaganda y el gasto electoral de las organizaciones polĆticas como seƱalan en los numerales 3 y 7 del artĆculo 219 de la Constitución de la Republica de Ecuador,
AdemĆ”s, se regularĆ” segĆŗn el artĆculo 202 de la Ley OrgĆ”nica Electoral, refiriĆ©ndose a las normativas, metodologĆas y reglas para promoción electoral reguladas en la ley, con los gastos en medios de comunicación, debiendo conceder espacios equivalentes para que las candidaturas realicen sus intervenciones.
En el caso de incumplir los medios de comunicación tendrĆ”n su sanción segĆŗn el artĆculo 282 del Código de la Democracia, en el que estipula desde la suspensión de la publicidad en dicha entidad, hasta la multa de doscientos cincuenta y cinco salarios bĆ”sicos unificados y la suspensión del medio de comunicación por 6 meses.
Fuente. CNE

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