El especialista en derecho constitucional señaló que si Verónica Abad revierte su suspensión de la Vicepresidencia, ella quedará en la línea para suceder a Daniel Noboa durante la campaña electoral.
La acción de protección interpuesta por Verónica Abad, con la que busca anular la sanción que le impide ejercer la Vicepresidencia de la República, plantea varios escenarios para el presidente Daniel Noboa ante el inicio de la campaña electoral, que ocurrirá el 5 de enero de 2025.
El abogado constitucionalista André Benavides señaló en Contacto Directo que si Abad revierte su suspensión, ella seguirá en su cargo y probablemente deba regresar a Turquía en calidad de embajadora en Israel, pero que esto significará que ella sucederá a Daniel Noboa al pedir una licencia electoral.
Sin embargo, recordó que desde el Ministerio de Gobierno se ha planteado que Noboa no deba pedir licencia para la campaña, porque al haber completado un periodo de gobierno tras la muerte cruzada, él técnicamente no está participando en una "reelección".
Esto, para Benavides, se trata de "piruetas y maromas jurídicos con la Constitución y el Código de la Democracia", porque afirma que ese argumento solo aplica con respecto a que un candidato electo solo puede participar en un proceso adicional al que ganó.
"La licencia para los dignatarios de elección popular que van a la reelección tiene por finalidad que no exista el candidato-presidente, que no exista en la asambleísta-candidato, sino que exista igualdad de condiciones entre las diferentes opciones políticas", explicó.
También se refirió a las declaraciones de Diana Atamaint, presidenta del Consejo Nacional Electoral (CNE), quien sugirió que Daniel Noboa podría no pedir licencia para campaña, y que lo mismo sucedería con los asambleístas electos en 2023 que participarán de nuevo en los comicios.
Sobre esto, Benavides afirmó que Atamaint está equivocada y que estaría allanando su camino para un juicio político. Agregó que no se puede evitar pedir la licencia para la campaña y que tampoco se puede renunciar a la campaña electoral, porque esto configura una infracción electoral.
"Si el Presidente de la República no pide la licencia y más adelante, por redes sociales, por cualquier medio, pide el voto para él mismo y para sus candidatos, está cometiendo una de las infracciones previstas en el (art.) 278 del Código de la Democracia", el cual describe infracciones graves.
También señaló que el hecho de renunciar a esta licencia para hacer campaña supondría que también está renunciando al debate electoral, al formar parte del proceso electoral. La ausencia en esa etapa es una infracción política muy grave, sancionada con destitución o pérdida de derechos políticos.
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"Al Presidente de la República le están asesorando mal y le están haciendo cometer una infracción electoral, que al final del día, podría tener como resultado que gane la elección, pero por ese mal asesoramiento, y una sanción del TCE, capaz no se puede posesionar porque está suspendido o ya ha perdido los derechos políticos", expresó.
Asimismo, opinó que si rechazan la acción de protección de Abad, Noboa si pediría licencia para la campaña, porque Sariha Moya, actual vicepresidenta encargada, lo sucedería.
Con respecto al caso de Abad, Benavides apreció que se ha ratificado que existe una evidente violación a derechos constitucionales, porque el Ministerio de Trabajo no tiene competencia para sancionar a un dignatario de elección popular.
"Se violenta el principio de reserva de ley en lo que tiene que ver justamente con la imposición de una sanción que no está previsto en el ordenamiento jurídico", comentó.
Puede ver la entrevista completa a continuación o en el siguiente enlace (haciendo clic aquí).
Ecuavisa
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