Sobre el impuesto a la Leche: cuándo aplica 0% y cuándo 15% en Ecuador
La circular aclara que la leche de producción nacional, incluyendo la descremada y semidescremada, mantiene la tarifa 0% de IVA siempre que no se altere su naturaleza.
Sin embargo, si el producto incorpora elementos adicionales como saborizantes, frutas, enzimas u otros aditivos, se considera un bien procesado. En estos casos, se aplicará la tarifa vigente del 15% de IVA
Pan: condición técnica define el impuesto
En el caso del pan, el SRI establece que todos los productos que cumplan con los parámetros definidos en el numeral 3 de la Norma Técnica Ecuatoriana 2945, emitida por el INEN, pueden beneficiarse de la tarifa 0%.
Entre los cuales están:
Pan: Producto obtenido de la fermentación y horneado de una masa básica hecha de harina de trigo, agua, levadura y sal, conocido como pan de agua.
Pan común: Harina de trigo, agua, levadura y sal; puede incluir grasas o azúcar. Entre estos están los enrollados, cachitos, pan de dulce, injertos, de miga y otros.
Pan especial: Harina de trigo u otras harinas, con ingredientes extra como leche, huevos o frutas. Aquí está el pan de Pascua, pan de leche, de yema, de maíz, etc.
Pan integral: Elaborado con harinas integrales de cereales, con ingredientes básicos. Incluyen pan de avena, de quinoa, de centeno y otros.
Pan integral especial: Harinas integrales más ingredientes adicionales como granos, frutas u oleaginosas. Pueden incluir pan con semillas (chía, linaza, sésamo), etc.
Fuente. Machala tv


No hay comentarios:
Publicar un comentario