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ADN y PSC impulsaron una ley para regular contenidos en redes sociales; el Pleno la archivó por riesgos de censura

 


Tras advertirse fallas de rigor técnico, duplicidad con leyes vigentes y falta de armonía con tratados internacionales de derechos humanos, el Pleno de la Asamblea decidió archivar el proyecto de Ley Orgánica del Uso Responsable de Redes Sociales.

Este 23 de junio de 2026, el Pleno de la Asamblea Nacional decidió archivar de manera definitiva el “Proyecto de Ley Orgánica del Uso Responsable de Redes Sociales”. La decisión se tomó tras un debate en el que prevalecieron las advertencias sobre los graves riesgos de censura y las amenazas a la libertad de expresión que representaba la propuesta.

El proyecto fue impulsado originalmente por los entonces legisladores Manuel Bohórquez (ADN) y Jorge Álvarez (PSC), en abril de 2025, y nació con el objetivo de:

  • Fomentar un uso ético de las plataformas digitales.
  • Proteger la reputación de las personas.
  • Combatir la desinformación.

Durante el debate, los legisladores coincidieron en que el texto presentaba fallas profundas, desde su incompatibilidad con tratados internacionales hasta errores ortográficos que denotaban una preocupante falta de prolijidad.

La asambleísta Cecilia Baltazar, presidenta de la Comisión de Educación, argumentó que el proyecto no observaba instrumentos internacionales esenciales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos o la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Baltazar subrayó que la normativa pretendía regular el uso de plataformas digitales sin considerar adecuadamente el derecho a la libertad de expresión ni la protección de datos personales.

Por su parte, el legislador Gustavo Mateus, de la Revolución Ciudadana, enfatizó que el Estado no tiene la facultad de convertirse en un “árbitro moral” de lo que los ciudadanos publican en sus perfiles personales. Advirtió que confundir la ética con obligaciones legales sancionables es el primer paso para silenciar voces críticas y abrir la puerta a la persecución política.

En la misma línea, el asambleísta Juan José Reyes (ADN) cuestionó la eficacia de la ley frente a problemas reales como el ciberacoso o la difamación, señalando que el ordenamiento jurídico actual, específicamente el Código Orgánico Integral Penal (COIP), ya tipifica delitos informáticos y vulneraciones a la privacidad.


Asimismo, el análisis técnico y las comparecencias de expertos revelaron fallas profundas que convertirían a esta ley en una herramienta de control estatal. Radio Pichincha te explica cada una de las alertas que presentaba la norma:

¿Control para medios de comunicación y ciudadanos? Los peligros expuestos

Mateo Carrera, vicepresidente de START Quito y fundador del grupo digital KYX, señaló que el control estatal sobre los contenidos abre la puerta a la censura. Carrera advirtió sobre la peligrosa ambigüedad de conceptos como “publicación abusiva o nociva”, términos que el proyecto no define con claridad.

claridad.

“¿Qué es una publicación abusiva? Tal vez es una crítica fuerte, es una sátira, o es una denuncia incómoda para cierto público. La falta de claridad abre la puerta a interpretaciones subjetivas”, cuestionó Carrera ante la comisión.

Según su análisis, esta falta de rigor permite que la visión personal de un censor afecte lo que se publica, convirtiendo la ley en un instrumento para callar voces disidentes o incómodas y vulnerando el principio constitucional de comunicación libre.

Por su parte, el académico de la Universidad San Francisco de Quito, Juan Pablo Viteri, calificó la propuesta como “paternalista y moralista”. Para el experto, el proyecto intenta transformar valores éticos y morales en obligaciones jurídicas sancionables.

Advirtió que regular directamente lo que un ciudadano -o medio de comunicación- publica en su perfil personal equivale a establecer un “sistema de autorización previa o control administrativo sobre el pensamiento”, una medida absolutamente incompatible con los estándares internacionales de libertad de expresión. Según el académico, facultar al Estado para decidir qué contenido es “responsable” derivaría en censura política y en el silenciamiento de voces críticas o minoritarias.

En ese sentido, los expertos alertan la incertidumbre jurídica, pues al no existir claridad sobre qué expresiones pueden ser castigadas, se provoca un efecto de autocensura:

El ciudadano, por temor a sanciones discrecionales, prefiere dejar de expresar sus opiniones en el entorno digital, deduce.

Viteri enfatizó que el rol del Estado debe ser proteger el derecho a expresarse, no administrarlo, y que cualquier intento de regular contenidos en redes sociales pone en riesgo la libertad de publicar sin control previo.

Finalmente, otras alerta – que no es menos importante- es que el texto está “repleto de errores de forma”, incluyendo fallas tipográficas y ortográficas, lo que denota en una preocupante falta de rigurosidad en una materia tan delicada como la regulación de derechos fundamentales.

El análisis legislativo

El análisis legislativo advierte que el proyecto carece de “densidad normativa”, es decir, no establece normas claras, públicas ni previas. La utilización de categorías extremadamente amplias y subjetivas como “publicación abusiva o nociva” genera una grave incertidumbre jurídica. Al no definir con precisión los alcances de la ley, los sujetos obligados o las autoridades competentes, la aplicación de la norma quedaría sujeta a interpretaciones discrecionales.

Esto, según el informe, abre la puerta a la censura indirecta y a la violación del principio de seguridad jurídica reconocido en el artículo 82 de la Constitución.

El proyecto, alerta el análisis, también ignora la existencia de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (Lopdp), reproduciendo disposiciones que ya están reguladas y creando un “régimen paralelo de sanciones”.

Esta duplicidad generaría antinomias (contradicciones legales) que dificultarían la aplicación efectiva de cualquier normativa y afectarían la coherencia del ordenamiento jurídico ecuatoriano.

La Comisión subrayó que el proyecto no incorpora los estándares internacionales ni el desarrollo jurisprudencial de la Corte Constitucional en materia de libertad de expresión y entornos digitales.

Finalmente, el informe destaca que el verdadero camino hacia la protección digital no es la restricción, sino la alfabetización digital, para que los ciudadanos desarrollen un pensamiento crítico frente a las noticias falsas y el acoso en línea.

Radio Pichincha 




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