jueves, 21 de octubre de 2021

Establecimientos públicos y privados son declarados libres de humo de tabaco


El Ministerio de Salud Pública, a través de la Coordinación Zonal 3 Salud, mediante la estrategia de Espacios 100% Libres de Humo de Tabaco, ha entregado la certificación a 170 locales, edificios y establecimientos, en lo que va del año, como una acción preventiva y de responsabilidad social para fomentar la cultura del respeto a los espacios cerrados y al derecho al aire puro.

El 22 de julio del 2011, en el registro Oficial No. 497, se publicó la Ley Orgánica para la Regulación y Control del Tabaco en la que se resaltan tres elementos fundamentales para la salud pública del país: Espacios 100% libre de humo de tabaco, la prohibición de la publicidad de productos del tabaco a través de los medios de comunicación colectiva, las advertencias sanitarias con pictogramas o gráficos en las cajetillas, empaques o envolturas de productos de tabaco.  

En las provincias de Cotopaxi, Chimborazo, Pastaza y Tungurahua, han sido declarados espacios 100% Libres de Humo de Tabaco un total de 170 Instituciones Educativas, Instituciones Públicas y Privadas; entre ellas Banco Solidario Agencia Riobamba-Ambato, Edificios Administrativos de la Escuela Superior Politécnica de Chimborazo, Kullky Huasy Coop de Ahorro y Crédito Pelileo, Cuerpo de Bomberos cantón Tisaleo, INDUACERO, MALL LATACUNGA – Maltería Plaza, NOVACERO – LASSO, Florícola FOREVER FLOR, radio municipal de Pastaza, Gobierno Autónomo Descentralizado del cantón Pastaza, Cooperativa de Ahorro y Crédito de la pequeña empresa de Pastaza, entre otros.

Desde el proceso de Promoción de la Salud e Igualdad se han ejecutado capacitaciones con el acompañamiento técnico de los Distritos, Oficinas Técnicas y de la Coordinación Zonal 3 Salud “el trabajo articulado y la socialización ha sido fundamental al momento de realizar el proceso de certificación; continuamos trabajando con representantes de colegios, universidades, instituciones públicas y privadas, donde se da a conocer la Ley Orgánica para la Regulación y Control del Tabaco”, indicó Mónica Peralta, Responsable Zonal de Promoción de la Salud y Salud Ambiental.

En la normativa se establece la prohibición de vender cigarrillos a menores de edad y fumar en espacios cerrados, lugar de trabajo, de atención y acceso al público, dependencias sanitarias y educativas, instituciones, medios de transporte, escenarios deportivos, artísticos y recreacionales, entre otros.

Fuente. Coordinación Zonal 3 MSP


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