Una sentencia del Primer Tribunal de la Sala Especializada Civil de la Corte Provincial de Justicia del Guayas ha encendido las alertas dentro y fuera del país. El fallo ordena a Fundamedios eliminar una alerta relacionada con la seguridad de periodistas, en una decisión que organizaciones nacionales e internacionales califican como un golpe directo a la libertad de expresión.
La resolución se da en el marco de una acción de hábeas data interpuesta por el empresario Pedro Bejarano, quien solicitó la eliminación de un contenido en el que se advertía que tres medios enfrentaban procesos judiciales por presunto daño a la honra. Sin embargo, el alcance del fallo va mucho más allá de un conflicto individual: abre un debate de fondo sobre los límites entre protección de datos personales y el derecho ciudadano a estar informado.
Fundamedios no solo rechazó la sentencia, sino que denunció que se le obliga a ofrecer disculpas públicas, lo que considera una imposición que vulnera estándares internacionales y la propia Constitución ecuatoriana. Para la organización, la decisión judicial desconoce precedentes de la Corte Constitucional y establece un precedente “profundamente peligroso” para periodistas, medios y organizaciones que documentan agresiones o restricciones al ejercicio periodístico.
La preocupación no es aislada. El Instituto Prensa y Sociedad se sumó al rechazo y advirtió que el fallo representa un retroceso en la defensa del derecho a informar sobre asuntos de interés público. En la misma línea, el Comité para la Protección de los Periodistas (CPJ), junto a la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) y la red Voces del Sur, condenaron la decisión en una declaración conjunta.
El mensaje, advierten, es inquietante: informar podría convertirse en motivo de persecución judicial. Más que un caso puntual, sostienen, se trata de una señal que impacta directamente al ecosistema democrático, debilitando el espacio cívico y generando un efecto inhibidor sobre el periodismo.
Detrás de esta controversia subyace una tensión clave: ¿puede el derecho al olvido imponerse sobre el derecho colectivo a conocer hechos de interés público? Para expertos y organizaciones, la respuesta debería ser clara. Sin embargo, este fallo deja abierta la puerta a que futuras alertas, investigaciones o denuncias periodísticas sean borradas por orden judicial, marcando un antes y un después en el ejercicio de la libertad de expresión en Ecuador.

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