El primer pedido formal fue impulsado por la plataforma Revoca EC, liderada por el abogado Washington Andrade y con el respaldo del dirigente indĆgena Leonidas Iza. El CNE rechazó inicialmente esta solicitud el 15 de julio de 2026.
El Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE) resolvió este 28 de julio de 2026, con cuatro votos a favor, negar otra solicitud de entrega de los formularios necesarios para la recolección de firmas destinada a impulsar la revocatoria del mandato del presidente Daniel Noboa y la vicepresidenta MarĆa JosĆ© Pinto. Se trata de la segunda petición rechazada por el organismo electoral, luego de la presentada por el abogado Washington Andrade y el dirigente indĆgena Leonidas Iza.
Esta segunda negativa se fundamenta en que los promotores (organizaciones sociales) no habrĆan cumplido con los requisitos legales y constitucionales exigidos para activar este mecanismo de democracia directa.
SegĆŗn el informe jurĆdico aprobado por el organismo electoral, la solicitud presentada por dirigentes de organizaciones: Guido Perugachi, JosĆ© Villavicencio, Wilson Ćlvarez, Nelson Erazo y AndrĆ©s Quishpe no demostró el incumplimiento del plan de trabajo ni de las funciones establecidas en la Constitución y la ley.
El CNE seƱaló que los peticionarios vulneraron artĆculos de la Ley OrgĆ”nica de Participación Ciudadana y del reglamento para el ejercicio de la democracia directa, al no sustentar adecuadamente las razones del pedido.
Previo a esta resolución, los lĆderes sociales habĆan manifestado que el proceso de revocatoria era una respuesta al descontento ciudadano frente a la gestión gubernamental.
Perugachi (Fenocin) y Villavicencio (Unión General de Trabajadores) sostuvieron que existĆan motivos suficientes, como el incumplimiento de las promesas de campaƱa, para recolectar las mĆ”s de 2,1 millones de firmas requeridas por ley.
El primer revƩs: la plataforma Revoca EC
El primer pedido formal fue impulsado por la plataforma Revoca EC, liderada por el abogado Washington Andrade y con el respaldo del dirigente indĆgena Leonidas Iza. El CNE rechazó inicialmente esta solicitud el 15 de julio de 2026, bajo un argumento similar: los proponentes no demostraron que el primer mandatario o la vicepresidenta, MarĆa JosĆ© Pinto, hubieran incumplido su plan de trabajo o sus funciones constitucionales.
Posteriormente, el 20 de julio, el organismo ratificó su postura al negar un recurso de corrección interpuesto por Andrade, dejando en firme la decisión de no entregar los formatos para las firmas.
Ahora, en este caso, tras agotarse la vĆa administrativa en el CNE, la disputa se trasladó al Ć”mbito judicial. El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) ya admitió a trĆ”mite un recurso de impugnación presentado por los promotores de la revocatoria. Este recurso busca revertir la negativa del CNE y obligar a la entrega de los formularios.
Radio Pichincha
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