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Jueces que resolvieron la apelación del caso Grillete fueron destituidos y restituidos durante el morenismo

 


La sentencia de la Corte Constitucional cambió las reglas para sancionar a jueces y permitió la revisión de determinadas destituciones.

Bajo la presidencia de María del Carmen Maldonado en el Consejo de la Judicatura y durante el gobierno de Lenín Moreno, el Pleno de ese organismo destituyó, el 4 de julio de 2019, a los jueces Manuel Eduardo Suárez Capelo, Demóstenes Demetrio Díaz Ruilova y Olga Martina Aguilera Romero. Los tres integraban la Sala Especializada de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia del Guayas.

Según un comunicado publicado por la Judicatura el 5 de julio de 2019, la decisión se tomó después de que la Sala Especializada de lo Contencioso Administrativo de la Corte Nacional de Justicia determinara que los tres jueces incurrieron en error inexcusable, una infracción tipificada como gravísima en el artículo 109, numeral 7, del Código Orgánico de la Función Judicial.

En febrero de ese año, los magistrados concedieron un recurso de hábeas corpus preventivo a favor de los hermanos Roberto y William Isaías, exaccionistas de Filanbanco.

La sentencia que cambió las reglas para sancionar a los jueces

Un año después, el 29 de julio de 2020, la Corte Constitucional emitió la sentencia 3-19-CN/20.

La Corte estableció que, antes de que el Consejo de la Judicatura iniciara un sumario administrativo por dolo, manifiesta negligencia o error inexcusable contra un juez, fiscal o defensor público, debía existir una declaración jurisdiccional previa, debidamente motivada, emitida por el juez o tribunal superior correspondiente.

La Corte también declaró inconstitucional la actuación de oficio del Consejo de la Judicatura prevista en el artículo 113 del COFJ para aplicar esa norma.

Además, estableció que la sentencia tendría efectos retroactivos en los casos de jueces, fiscales o defensores públicos destituidos bajo el artículo 109, numeral 7, que hubieran presentado, antes de la publicación de la sentencia, una acción de protección, otra garantía constitucional o una acción contencioso-administrativa, cuando su destitución se hubiera producido sin una declaración jurisdiccional previa.

La sentencia fue aprobada con seis votos a favor: Karla Andrade Quevedo, Ramiro Ávila Santamaría, Agustín Grijalva Jiménez, Alí Lozada Prado, Daniela Salazar Marín y Hernán Salgado Pesantes.

Los votos salvados

Los jueces constitucionales Enrique Herrería Bonnet y Teresa Nuques Martínez salvaron su voto. La jueza Carmen Corral Ponce no estuvo presente en la sesión.

En su voto salvado, Enrique Herrería Bonnet cuestionó la decisión de declarar inconstitucional la actuación de oficio del Consejo de la Judicatura y sostuvo que ese organismo tenía atribuciones constitucionales para dirigir los procesos de sanción y ejercer funciones de control sobre la Función Judicial.

Años después, Herrería Bonnet ocupó la Secretaría General Jurídica de la Presidencia durante el gobierno de Daniel Noboa, entre el 22 de noviembre de 2025 y el 2 de septiembre de 2026.

Teresa Nuques Martínez también discrepó de la decisión de mayoría: sostuvo que la declaración judicial previa no debía exigirse de manera absoluta para los casos de dolo o manifiesta negligencia y que la Judicatura podía actuar de oficio. Para ella, ese requisito debía aplicarse específicamente al error inexcusable.

El regreso de los jueces a la Corte del Guayas y el caso Grillete

Después de las acciones judiciales y de la aplicación de los efectos establecidos por la Corte Constitucional, Demóstenes Díaz Ruilova y Olga Aguilera Romero fueron restituidos y volvieron a ejercer como jueces de la Corte Provincial de Justicia del Guayas.

Siete años después de aquella destitución, los nombres de Díaz y Aguilera vuelven a aparecer en el caso Grillete. Ambos integraron el tribunal que resolvió, el 16 de septiembre de 2026, la apelación y ratificó la pena de tres años de prisión por incumplimiento de orden de autoridad competente contra el alcalde de Guayaquil, Aquiles Alvarez.

Un audio difundido por el medio digital La Defensa atribuye las voces a Díaz y Aguilera. En el diálogo, una voz femenina cuestiona el trato del Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores (SNAI) hacia Alvarez y menciona presiones del “Cartón” para que el caso avance. También señala que para ellos era importante terminar rápidamente con ese tema.

Radio Pichincha 





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