El TCE anuló la sentencia de Patricia Núñez, asambleísta de Chimborazo tras determinar que las evidencias tenían vicios. Debía pagar USD 4700.
El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) falló a favor de la asambleísta por Chimborazo, Patricia Núñez Ramos, y revocó la sentencia de primera instancia que la había sancionado con una multa de 4.700 dólares.
El Pleno del TCE concluyó que las pruebas presentadas en su contra fueron obtenidas con vicios que vulneraron la Constitución, por lo que carecían de validez y eficacia probatoria.
La resolución fue emitida el 8 de octubre de 2025, a las 12h56, dentro de la causa Nro. 355-2025-TCE, en la que Núñez apeló una decisión del juez Joaquín Viteri Llanga.
Quien el 15 de septiembre de 2025 la había declarado responsable de una infracción electoral grave por supuestamente inducir el voto a favor de los candidatos Luisa González y Diego Borja durante las elecciones generales de 2025.
La sentencia enfatiza que las pruebas obtenidas con violación a la ley “carecen de eficacia probatoria” y reitera la obligación del Estado de garantizar el debido proceso y el derecho a la defensa en toda actuación judicial.
Con base en ello, el Tribunal resolvió:
Aceptar el recurso de apelación interpuesto por la asambleísta Núñez.
Revocar la sentencia dictada el 15 de septiembre.
Publicar el fallo en la página web del Tribunal Contencioso Electoral.
Fuente. Diario La Prensa
Tras conocerse el fallo, Patricia Núñez expresó su satisfacción por la decisión judicial y afirmó que la sanción en su contra fue una medida injusta que buscaba amedrentarla políticamente.
El Tribunal Contencioso Electoral falló a mi favor, declarando mi total inocencia. Queda así, al descubierto una vez más, la farsa, las artimañas y la mala fe de quienes usan la política como herramienta de persecución.
Patricia Núñez
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